En nuestra práctica, encontramos que la mitad de nuestros casos están proyectados para un juicio, pero de ellos, solo una quinta parte pasa por un juicio. Con frecuencia demostramos a los fiscales que estamos dispuestos a disputar el caso y que no estamos allí para llegar a un acuerdo solamente, o declararnos culpables de algún cargo. El día del juicio, cuando el fiscal deba presentar sus testigos para probar el caso, sin dejar lugar a dudas ante un jurado unánime, es en ese momento, generalmente donde obtenemos una desestimación del cargo o el cargo se reduce a un delito menor. Por supuesto, nuestro cliente tiene que estar dispuesto a aceptar este cargo, y la adjudicación diferida puede ser sellada de sus antecedentes por delitos menores como faltas o delitos de clase C con multas. Es posible que incluso se puedan expurgar algunos períodos de libertad condicional relacionados a delitos Clase C con multas.
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