Las restricciones al registro de teléfonos móviles por parte de la policia ha sido objeto de una serie de importantes decisiones judiciales en los últimos años. Sin embargo, la policía no puede registrar los teléfonos móviles de sospechosos de delitos sin una orden judicial y necesita establecer una causa probable para obtenerla.
Este principio se reforzó en un importante caso del Tribunal Supremo de 2014. El máximo tribunal del país decidió que se requieren órdenes de registro para buscar en los registros telefónicos, informó CNN.
El caso supuso un importante respaldo al derecho a la intimidad. En una votación de 9-0, los jueces del Tribunal Supremo expresaron que los teléfonos inteligentes, así como otros dispositivos electrónicos, son diferentes de las carteras, maletines y vehículos que pueden recibir un registro inicial limitado por parte de los agentes de policía.
Por lo general, los registros pueden permitirse cuando existe una «causa probable» de que se ha cometido un delito, para garantizar la seguridad de los agentes y evitar la destrucción de pruebas.
La sentencia de 2014 siguió a casos en California y Massachusetts. Estos estados condenaron a los sospechosos después de que se obtuvieran detalles como números de teléfono, direcciones, mensajes de texto y fotos de sus dispositivos electrónicos. Los agentes de la ley afirmaron que este material apuntaba a actividades relacionadas con las drogas y bandas organizadas.
Los demandados recurrieron los casos. El Tribunal Supremo de Estados Unidos tuvo la oportunidad de centrarse en la incautación de teléfonos móviles en un momento en que la tecnología de los smartphones avanzaba a gran velocidad.
La sentencia establece:
«El hecho de que la tecnología permita ahora a un individuo llevar esa información en la mano no hace que la información sea menos digna de la protección por la que lucharon los Fundadores».
Los jueces dicen que la respuesta a la pregunta de qué debe hacer la policía antes de registrar un teléfono móvil es muy sencilla. Deberían conseguir una orden de registro.
En 2017, estalló otra batalla judicial sobre si la policía necesitaba una orden judicial, esta vez para los datos de localización de las torres de telefonía móvil.
En 2015, un tribunal federal de apelaciones dictaminó que el público no tiene una expectativa razonable de privacidad cuando se trata de los registros de localización de sus teléfonos móviles.
Los jueces expresaron que la policía no necesita una orden de registro para obtener acceso a los registros de localización de las torres de telefonía móvil cuando se investigan casos penales porque la información pertenece a un tercero.
El caso se refería a Quartavious Davis, residente en Miami, quien fue condenado por posesión de un arma de fuego, robo y conspiración en 2012 después de que los investigadores obtuvieran de un proveedor los registros de su teléfono móvil durante 67 días. Davis fue condenado a 162 años de prisión.
El caso llegó al Tribunal Supremo de Estados Unidos a finales de 2017.
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